Sede Electrónica Vila-seca
Este trámite permite realizar solicitudes de licencias de ocupación de vados.
El acceso de vehículos desde la vía pública a los locales o recintos, o al revés, constituye un uso común especial de bienes de dominio público y, en consecuencia, estará sujeto a licencia municipal, de acuerdo con las especificaciones de esta ordenanza.
Se entiende por vado de acceso de vehículos, dentro del ámbito de la vía pública, toda modificación de la estructura de la acera y acera que faciliten este acceso, así como también, el acceso en calles de peatones.
Queda prohibida cualquier otra forma de acceso mediante rampas, instalación provisional o circunstancia de elementos móviles, como cuerpos de madera o metálicos, colocación de baldosa, arena, etc., excepto que previamente se obtenga una autorización especial.
